
Recibir una citación de la Fiscalía o enterarse de que existe una denuncia en su contra genera preocupación inmediata. Muchas personas creen que, mientras no haya una imputación formal, no es necesario hacer nada. Es un error frecuente: la etapa de indagación es el momento en que la Fiscalía reúne la información con la que decidirá si lo imputa o archiva el caso, y lo que usted haga o diga en ese momento puede pesar durante todo el proceso.
En esta guía explicamos qué es la indagación en el proceso penal colombiano, cuánto puede durar, qué derechos tiene si lo citan y por qué la defensa técnica temprana marca la diferencia.
El proceso penal en Colombia se rige por el sistema acusatorio de la Ley 906 de 2004. La indagación es la fase inicial: comienza cuando la Fiscalía recibe una noticia criminal (una denuncia, una querella, un informe de policía) y termina cuando el fiscal formula imputación ante un juez de control de garantías o archiva la actuación.
Durante la indagación, la Fiscalía y la policía judicial:
En esta fase la persona investigada se denomina indiciado. Todavía no es imputado ni acusado, pero ya es objeto de investigación.
La Fiscalía tiene un término máximo de dos años desde que recibe la noticia criminal para formular imputación o archivar la indagación. Ese término se amplía a tres años cuando hay dos o más indiciados (parágrafo del artículo 175 de la Ley 906 de 2004, introducido por la Ley 1453 de 2011). Para ciertos delitos priorizados contra menores de edad, la ley fija plazos especiales más cortos.
En la práctica, muchas indagaciones avanzan sin que el indiciado lo sepa. Por eso, si usted conoce que existe una denuncia en su contra, conviene actuar desde ese momento y no esperar a la audiencia de imputación.
Nadie está obligado a declarar contra sí mismo ni contra su cónyuge, compañero permanente o parientes cercanos (artículo 33 de la Constitución). Si la Fiscalía o la policía judicial tienen motivos para pensar que usted participó en los hechos, deben advertirle que tiene derecho a guardar silencio antes de cualquier interrogatorio (artículo 282 de la Ley 906 de 2004).
Si decide hablar, el interrogatorio al indiciado solo puede hacerse en presencia de un abogado. La Corte Suprema de Justicia ha señalado que, sin abogado, no es válido continuar la diligencia. Una "entrevista informal" sin defensor no es el escenario adecuado para dar su versión.
La Corte Constitucional ha reconocido que el derecho de defensa se extiende a la etapa de indagación. Quien sabe que es investigado puede, con su abogado, recaudar elementos que lo favorezcan y preparar su defensa sin esperar a que la Fiscalía actúe (artículo 267 de la Ley 906 de 2004).
Si no puede pagar un abogado, el Estado le garantiza uno a través del Sistema Nacional de Defensoría Pública de la Defensoría del Pueblo.
Contar con un abogado penalista desde el inicio permite:
En delitos que se tramitan por el procedimiento abreviado (Ley 1826 de 2017), no hay audiencia de imputación: la Fiscalía entrega directamente el escrito de acusación. En esos casos, los tiempos para preparar la defensa son aún más cortos.
Si la investigación tiene que ver con dinero, empresas o patrimonio, le recomendamos leer también nuestra guía sobre defensa en delitos económicos.
Si usted es el investigado, no está obligado a declarar. Sí es recomendable responder a la citación a través de su abogado, para que la Fiscalía sepa que tiene defensa y para conocer el motivo de la investigación.
Puede consultarse con el número de identificación ante la Fiscalía, y un abogado puede solicitar información sobre las actuaciones en curso. En muchos casos la persona se entera por una citación o por un tercero.
Sí, en situaciones específicas: flagrancia o una orden de captura expedida por un juez de control de garantías. Por eso es importante tener defensa desde el principio.
El indiciado es la persona investigada en la indagación, sin cargos formales. El imputado es la persona a quien la Fiscalía ya le comunicó cargos en una audiencia ante un juez. Desde la imputación corren nuevos términos y se activan todas las garantías del proceso.
En Iuris Investment asumimos la defensa técnica desde la etapa de indagación hasta el juicio oral. Si lo citaron a la Fiscalía o sabe que hay una denuncia en su contra, conozca nuestro servicio de derecho penal o hable hoy con un abogado.
Este artículo es informativo y no reemplaza una asesoría jurídica sobre su caso concreto.