
El acoso laboral afecta la salud de los trabajadores, el clima de la empresa y su reputación, y puede terminar en sanciones, indemnizaciones y renuncias que la ley trata como despidos. En Colombia, las empresas no solo deben abstenerse de acosar: están obligadas a prevenir el acoso, tener un comité de convivencia laboral y contar con rutas para atender las quejas.
En este artículo explicamos qué es el acoso laboral, cómo debe funcionar el comité de convivencia tras la actualización de 2025 y qué exige la ley frente al acoso sexual en el trabajo.
La Ley 1010 de 2006 lo define como toda conducta persistente y demostrable ejercida sobre un trabajador por un empleador, jefe, compañero o subalterno, encaminada a infundir miedo, intimidación o angustia, causar perjuicio laboral, desmotivar o inducir la renuncia (artículo 2).
Sus modalidades son:
No todo conflicto es acoso. Las órdenes razonables, las evaluaciones de desempeño y las exigencias propias del cargo no constituyen acoso por sí mismas.
La Resolución 3461 de 2025 del Ministerio del Trabajo actualizó las reglas sobre la conformación y el funcionamiento de los comités de convivencia laboral en empresas privadas y entidades públicas, y derogó las Resoluciones 652 y 1356 de 2012.
El comité tiene, entre otras, las funciones de:
El procedimiento para resolver una queja de acoso laboral no puede extenderse más de 65 días calendario. Su composición depende del tamaño de la empresa e incluye representantes del empleador y de los trabajadores. Las empresas deben revisar que su comité esté conformado y funcione según las nuevas reglas.
La Ley 2365 de 2024 estableció medidas de prevención, protección y atención del acoso sexual en el ámbito laboral. Los empleadores deben prevenir, investigar y sancionar estas conductas, lo que exige un protocolo específico.
Un punto clave: según la Resolución 3461 de 2025, las quejas por acoso sexual no las tramita el comité de convivencia, porque no son conciliables. La empresa debe definir otra instancia —por ejemplo, la alta dirección o el área de talento humano— y un procedimiento propio para recibirlas, investigarlas y proteger a la víctima.
La Ley 1010 también protege a quien presenta una queja: las represalias contra el denunciante o los testigos están prohibidas.
Sí. La obligación aplica a empresas privadas y entidades públicas. La composición varía según el número de trabajadores.
No. El comité busca acuerdos entre las partes y hace seguimiento. Si no hay acuerdo o los compromisos se incumplen, el caso se remite a la dirección de la empresa y puede llegar a las autoridades o a la justicia.
La Ley 1010 de 2006 prevé garantías contra las represalias para quien denuncia y para los testigos. Despedir a un denunciante sin una justa causa clara aumenta mucho el riesgo de una demanda.
No. Según la Resolución 3461 de 2025, el acoso sexual no es conciliable y debe tramitarse por la ruta que la empresa defina en su protocolo.
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Este artículo es informativo y no reemplaza una asesoría jurídica sobre su caso concreto.