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Divorcio de mutuo acuerdo en Cartagena: requisitos, trámite en notaría y liquidación de bienes

Por:Iuris Investment
2 de mayo de 2026Protección del Núcleo Familiar
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Persona firmando un documento con pluma estilográfica, como la escritura de un divorcio en notaría

Cuando una pareja decide separarse de común acuerdo, el divorcio puede ser un trámite ágil, discreto y sin juicio. En Colombia es posible divorciarse ante notario en pocas semanas, siempre que ambos cónyuges estén de acuerdo en todo lo importante: los hijos, los alimentos y los bienes.

En esta guía explicamos cómo funciona el divorcio de mutuo acuerdo, qué requisitos se exigen, qué ocurre si hay hijos menores y cómo proteger el patrimonio al liquidar la sociedad conyugal.

Divorcio y cesación de efectos civiles: ¿cuál es la diferencia?

  • Si el matrimonio fue civil (ante notario o juez), se tramita el divorcio.
  • Si el matrimonio fue religioso, lo que se solicita es la cesación de los efectos civiles. El vínculo religioso lo regula cada iglesia, pero los efectos ante el Estado terminan igual que en un divorcio.

Ambos trámites siguen las mismas reglas y producen los mismos efectos: disuelven la sociedad conyugal y permiten a cada persona volver a casarse.

Las causales de divorcio en Colombia

El artículo 154 del Código Civil enumera las causales de divorcio. Dos de ellas no exigen probar culpa:

  • El consentimiento de ambos cónyuges (numeral 9): es la base del divorcio de mutuo acuerdo.
  • La sola voluntad de cualquiera de los cónyuges (numeral 10): fue incorporada por la Ley 2442 de 2024. Permite que uno solo de los esposos pida el divorcio ante un juez de familia, sin tener que demostrar una causa.

El divorcio de mutuo acuerdo sigue siendo la vía más rápida y económica, porque evita el juicio.

Diagrama comparativo del divorcio de mutuo acuerdo en notaría y en juzgado de familia

Divorcio de mutuo acuerdo ante notario

El artículo 34 de la Ley 962 de 2005 permite que los cónyuges, de mutuo acuerdo y por medio de abogado, hagan el divorcio ante notario mediante escritura pública. El trámite está reglamentado por el Decreto 4436 de 2005 (hoy compilado en el Decreto 1069 de 2015), y tiene los mismos efectos que un divorcio decretado por un juez.

Requisitos

  1. Acuerdo de ambos cónyuges sobre el divorcio.
  2. Abogado: la solicitud debe presentarla un abogado, con poder otorgado por los dos cónyuges.
  3. Acuerdo sobre las obligaciones alimentarias entre los cónyuges, si las hay.
  4. Si hay hijos menores de edad: acuerdo sobre quién tendrá la custodia, la cuota alimentaria y el régimen de visitas.
  5. Documentos: registro civil de matrimonio, registros civiles de nacimiento de los cónyuges y de los hijos, y documentos de identidad.

La solicitud se presenta ante el notario que escojan los cónyuges.

¿Qué pasa si hay hijos menores?

El notario debe notificar el acuerdo al Defensor de Familia del lugar de residencia de los hijos, quien tiene 15 días para emitir su concepto. Si el defensor no se pronuncia en ese plazo, el notario deja constancia y firma la escritura. Si el defensor formula observaciones para proteger a los niños, los cónyuges pueden ajustar el acuerdo.

El acuerdo sobre los hijos debe pensar primero en su bienestar. Lo explicamos en detalle en nuestro artículo sobre custodia y régimen de visitas.

Divorcio de mutuo acuerdo ante juez

Los cónyuges también pueden pedir el divorcio de mutuo acuerdo ante un juez de familia, mediante un proceso de jurisdicción voluntaria. Esta vía suele usarse cuando hay asuntos que conviene que el juez revise o apruebe. En general, el trámite notarial es más rápido.

Si no hay acuerdo, uno de los cónyuges puede demandar el divorcio por una causal específica o, desde la Ley 2442 de 2024, por su sola voluntad. En ese caso, si los cónyuges no se ponen de acuerdo sobre los efectos del divorcio, el juez los define en la sentencia.

La sociedad conyugal: cómo proteger los bienes

Con el matrimonio nace, salvo que existan capitulaciones, una sociedad conyugal. El divorcio la disuelve, pero luego hay que liquidarla: hacer el inventario de bienes y deudas y repartir lo que corresponde a cada uno.

Puntos clave:

  • Bienes sociales: en general, los adquiridos a título oneroso durante el matrimonio, y los frutos de los bienes de cada uno.
  • Bienes propios: los que cada cónyuge tenía antes del matrimonio y los recibidos por herencia o donación, entre otros. No se reparten.
  • Deudas: también hacen parte del inventario y deben distribuirse.
  • La liquidación puede hacerse en la misma escritura del divorcio o después, ante notario o juez.
Manos con anillos, símbolo del vínculo matrimonial

Una liquidación mal hecha puede generar conflictos años después: bienes que no se incluyeron, deudas ocultas o avalúos desequilibrados. Si hay empresas, inmuebles o inversiones, conviene revisar el inventario con detalle. Para estrategias de protección de activos, le puede interesar nuestro artículo sobre protección patrimonial.

Pasos del divorcio de mutuo acuerdo en notaría

  1. Reunión con el abogado para definir los acuerdos sobre hijos, alimentos y bienes.
  2. Redacción del acuerdo y firma del poder por ambos cónyuges.
  3. Radicación en la notaría con los documentos.
  4. Notificación al Defensor de Familia, si hay hijos menores (15 días).
  5. Firma de la escritura pública de divorcio y, si se decide, de liquidación de la sociedad conyugal.
  6. Inscripción de la escritura en el registro civil de matrimonio y de nacimiento.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tarda un divorcio de mutuo acuerdo en notaría?

Si los documentos están completos y no hay hijos menores, puede resolverse en pocas semanas. Con hijos menores hay que sumar los 15 días que tiene el Defensor de Familia para su concepto.

¿Necesito abogado para divorciarme en notaría?

Sí. La ley exige que la solicitud se presente por medio de abogado. Puede ser un solo abogado para ambos cónyuges, siempre que estén de acuerdo en todo.

¿Puedo divorciarme si mi pareja no quiere?

Sí. Desde la Ley 2442 de 2024 existe la causal de la sola voluntad de cualquiera de los cónyuges, que se tramita ante juez de familia. También pueden alegarse las demás causales del artículo 154 del Código Civil.

¿El divorcio liquida automáticamente los bienes?

No. El divorcio disuelve la sociedad conyugal, pero la liquidación es un paso adicional. Puede hacerse en la misma escritura o en un trámite posterior.

¿Qué pasa con la unión marital de hecho?

Las parejas que no se casaron tienen un régimen propio (Ley 54 de 1990). Para terminar la unión y liquidar la sociedad patrimonial también existen vías notariales y judiciales, y la conciliación previa es obligatoria antes de demandar (artículo 69 de la Ley 2220 de 2022).

Abogados de familia en Cartagena

En Iuris Investment acompañamos divorcios de mutuo acuerdo con discreción, cuidando los acuerdos sobre los hijos y la correcta liquidación de los bienes. Conozca nuestro servicio de derecho de familia o agende una consulta confidencial.

Este artículo es informativo y no reemplaza una asesoría jurídica sobre su caso concreto.

Fuentes y normas citadas